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06 febrero, 2007

INDIGNACION EN EL PARTIDO COMUNISTA POR FALLO

El miembro de la comisión política del PC, Juan Andrés Lagos, explicó que se trata de un procedimiento "brutal e inhumano" que se utilizó durante el gobierno de Augusto Pinochet. "Todo el aparataje represivo de acuerdo a los antecedentes que van surgiendo, no solamente en este caso, sino también en otras situaciones donde se registraron procedimiento similares conocidos en la jerga castrense como la operación retiro de televisores", agregó.


En este sentido, precisó que "aunque se trata de un fallo en primera instancia, puede crear un precedente extremadamente grave y por cierto favorable a la impunidad en otros casos en los cuales se utilizaron prácticas como éstas que se podrían tipificar de la misma forma".


El dirigente afirmó que esta prescripción "contraviene y se contrapone a una serie de investigaciones y fallos judiciales que se han realizado en nuestro país donde también se violan preceptos internacionales incorporados a la Constitución chilena a propósito que este tipo de crímenes son inamnistiables e imprescriptibles".


"Cuando se trata de violaciones a los derechos humanos, como las que fueron cometidas por el gobierno de Pinochet, en cualquier circunstancia estos casos no prescriben ni tampoco pueden ser amnistiados", indicó Lagos.


Finalmente, dijo que el PC reitera que se trata de "un hecho arbitrario, francamente ilegal, que transgrede, que se trata de crímenes de lesa humanidad por lo tanto que no se pueden prescribir ni amnistiar. Por lo demás, estas dos formalidades son diferentes. En este caso, el juez Villarroel ha instalado la prescripción, cuestión que transgrede la legislación nacional e internacional respecto a crímenes de lesa humanidad".

Juan Andrés Lagos es economista y periodista, además pertenece al Consejo Editorial de Crónica Digital y es miembro de la Comisión Política del partido Comunista. Estudió en la Universidad Católica del Norte, sedes de Arica y Antofagasta, y terminó su enseñanza superior en la Pontificia Universidad Católica de Chile. Fue docente de la Universidad Andrés Bello, UNIACC y actualmente es profesor de la Universidad de Santiago de Chile (USACH) y ARCIS.

Orbe

04 septiembre, 2006

La Estrella de Arica, Domingo 3 de septiembre de 2006
"Nuestro fin no es ganar un juicio a cualquier precio"
Arturo Zegarra, defensor regional:

Periodista: Renato del Real

El defensor regional enfatizó que el concepto del debido proceso implica que este debe realizarse en un tiempo tan breve como sea posible. El retraso de los análisis de las muestras de droga por parte del Instituto de Salud Pública (ISP) de Santiago, no sólo ha generado un grave problema a la Fiscalía del Ministerio Público, que no cuenta con estos importantes protocolos pese a que ya están terminando las investigaciones por tráfico, sino que también ha causado preocupación en la Defensoría, tomando en cuenta que varios imputados por estas causas podrían continuar en prisión preventiva aún cuando se haya cumplido el plazo de investigación de los delitos.

Así lo manifestó el defensor regional, Arturo Zegarra, quien dijo que "desde luego que nos causa preocupación, porque el plazo de investigación es una garantía. El defensor es el que tiene que evaluar esa situación y le hará ver al juez las conveniencias o inconveniencias. Esto tiene que analizarse en un contexto general, ya que una parte de la prueba del Ministerio Público es la calidad de la droga, pero hay otras circunstancias que rodean el hecho".

IMPUTADOS EN PRISION

- La Fiscalía local está evaluando ampliar los plazos de investigación por delitos de narcotráfico, a raíz de la demora de las muestras de droga por parte del Instituto de Salud Pública

¿qué piensa hacer la Defensoría, considerando que esto podría significar que varios imputados de tráfico continúen en prisión preventiva, pese a que ya expiró el plazo original de investigación?

- Frente a situaciones de esta naturaleza, en que hay un organismo que tiene una obligación y que por razones ajenas no las ha podido cumplir, quien tiene que evaluar es el tribunal. La defensa no hace una apreciación de aquello, sino que tiene que velar por los derechos de la personas que están sometidas a proceso y que este proceso sea lo más rápido posible. De esta manera se da cumplimiento a las normas internacionales sobre el tema, en el sentido del debido proceso, que significa que el debido proceso debe realizarse en el tiempo más breve porque el derecho de una persona es a saber prontamente cuál es la decisión del juez o tribunal frente a lo que se le está imputando.

- ¿Pero los defensores penales se van a oponer a las solicitudes de ampliación de las investigaciones que podría realizar el Ministerio Público en caso donde los imputados están en prisión preventiva?

- No puedo decir si un defensor se va a oponer o no porque la defensa que realiza un defensor es personal. La autoridad de la Defensoría Penal Pública, en este caso yo como defensor regional u otra autoridad, no podemos dar instrucciones a un abogado de cómo llevar la defensa. El defensor es autónomo para hacer los análisis respectivos, lo que sí el defensor tiene que velar por el cumplimiento de los estándares a los cuales ésta sometido. Hay instrucciones generales de cómo se debe llevar a cabo una defensa, pero no particulares y eso obedece a una cuestión que en particular tiene que evaluar el abogado defensor respectivo.

- La semana pasada el Tribunal Oral de Arica absolvió a un imputado por el delito de tráfico de drogas, quien pasó 8 meses en prisión preventiva ¿Cuál es la posición de la Defensoría respecto a los casos en que imputados pasan largo tiempo privados de libertad y posteriormente son absueltos?

- Este no es el único caso que ha ocurrido y ello demanda, precisamente, la necesidad de que los juicios sean lo más luego posible, a fin de evitar situaciones, como en este caso, que provocan a una persona un daño bastante severo e irreparable. El hecho que una persona haya pasado 8 meses en la cárcel y sea absuelto, indudablemente es una afectación grave a sus derechos como persona. Sin embargo, también hay que entender que en casos graves como estos, el tribunal que decretó la medido de prisión preventiva lo hizo con los antecedentes que se le presentaron en ese minuto.

AGENDA ANTIDELINCUENCIA

- El defensor nacional manifestó que la denominada "agenda corta" antidelincuencia provocaría un sobrepoblamiento en las cárceles del país.

- Dicha información, que salió en el diario La Tercera y que generó el llamado del ministro de Justicia al defensor nacional, tenía 15 días anteriores en una consulta del legislativo, es decir, era una presentación que había hecho el defensor nacional a petición de la Cámara de Diputados. El ministro hizo las aclaraciones pertinentes y esa es la voz que podemos tener. Señaló e hizo algunas precisiones al respecto.

- Pero usted concuerda en que podría generar este problema en los penales.

- Nosotros somos un organismo que nos relacionamos con el Ministerio de Justicia. La Defensoría Penal Pública no es un organismo autónomo, por lo tanto nuestra labor está fijada por la ley y nos atenemos a las facultades que la ley nos concede. Nuestras apreciaciones y estudios que realizamos lo hacemos según instrucciones que nos dado el ministro en los distintos juicios en los que estamos participando.

- Pero no sería mejor una Defensoría autónoma, que pueda participar libremente en el debate de las políticas de seguridad ciudadana.

- La Defensoría no es un cuerpo autónomo ni hay un sindicato, por lo tanto somos un organismo público y tenemos que dar cumplimiento a lo que está determinado en la ley. No somos nosotros quienes tenemos una opinión al respecto, esta es una discusión que se está dando a nivel nacional por quienes les corresponde. El mundo académico tiene una opinión al respecto y el mundo político también la tendrá. En su momento, cuando la reforma estaba en proceso legislativo, el proyecto inicial contemplaba la autonomía de la Defensoría, en un nivel similar al del Ministerio Público, pero en la discusión parlamentaria se optó por otra solución y en esos términos salió dictada la ley.

- ¿Qué piensa acerca de esta agenda antidelincuencia?

- No me corresponde dar una opinión personal en este momento y sigo las instrucciones que el ministro ha señalado. Estoy inhibido de dar una opinión personal porque soy un funcionario público, y un funcionario público tiene que aceptar las instrucciones de quien es superior.

PRINCIPIOS ETICOS

- Días atrás se produjo una polémica, ya que un defensor particular identificó en una audiencia a un informante encubierto poniendo en riesgo su seguridad.

- Nosotros señalamos que ningún defensor penal público, sea institucional o licitado va a poner en riesgo la vida de nadie, que tenga protección. En esos términos somos muy cuidadosos. Yo señalo que para una defensor penal público no está en su mente ganar un juicio de cualquier manera, sino que nuestra labor la desempeñamos bajo estándares rigurosos donde la ética es uno de los principios rectores básicos. Eso es la columna vertebral de los defensores penales. Vamos a defender con todo nuestro conocimiento y todos nuestros principios éticos a cualquier personas que esté imputada por cualquier delito, pero no vamos a utilizar cualquier medio, porque nuestra finalidad última, no es ganar sino que se respeten los derechos de las personas que se ven enfrentados al poder punitivo del Estado.
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